Cómo calcular la liquidación final por despido en 2026 (guía completa)
Cuando termina una relación laboral por despido sin causa, el empleador tiene que pagar una liquidación final que suma varios conceptos distintos. No es un solo número: es la indemnización por antigüedad más el preaviso, la integración del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Confundir o saltearse alguno de estos rubros es el error más caro que se comete al liquidar un despido. Acá te explicamos cada componente con la fórmula real, actualizada a 2026.
1. Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT)
Es el rubro más importante y el que más se equivoca. La fórmula base es:
- Indemnización = mejor remuneración mensual, normal y habitual × años de antigüedad.
Tres detalles que cambian todo:
- La base NO es el último sueldo ni el promedio del año. Es el mes con la remuneración bruta más alta de los últimos 12 meses, tomando los conceptos que cobraba habitualmente.
- Regla de la fracción: se paga un mes por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Es decir, alguien con 4 años y 4 meses cobra 5 meses.
- Piso mínimo: nunca puede ser inferior a un mes de sueldo, aunque la antigüedad sea menor a un año.
2. El tope del art. 245 y el piso Vizzoti
La base de cálculo tiene un tope: no puede superar tres veces el promedio de las remuneraciones del convenio colectivo aplicable al trabajador. El Ministerio de Trabajo publica ese tope por convenio.
Pero ese tope tiene un límite: el fallo Vizzoti de la Corte Suprema estableció que la base nunca puede reducirse más de un 33%. Es decir, la base de cálculo no puede ser menor al 67% de la remuneración real del trabajador, aunque el tope del convenio sea más bajo. Este es uno de los puntos donde más plata se pierde o se paga de más.
3. Preaviso (o su indemnización sustitutiva)
Si el empleador despide sin dar el preaviso, tiene que pagarlo en dinero. El plazo depende de la antigüedad:
- 15 días durante el período de prueba.
- 1 mes si la antigüedad es menor a 5 años.
- 2 meses si la antigüedad es de 5 años o más.
Ojo: sobre el preaviso también corresponde su SAC proporcional (preaviso ÷ 12), un concepto que se suele omitir y que forma parte del reclamo.
4. Integración del mes de despido
Si el trabajador no fue despedido el último día del mes, corresponde pagarle los días que faltan hasta fin de mes como si los hubiera trabajado. Es la integración del mes: sueldo ÷ 30 × días faltantes. También genera su SAC proporcional.
5. SAC proporcional (aguinaldo)
Se paga la parte del aguinaldo correspondiente a los días trabajados del semestre en curso. La fórmula es:
- SAC = (mejor sueldo del semestre ÷ 2) × (días trabajados ÷ 182).
6. Vacaciones proporcionales no gozadas
Los días de vacaciones que le correspondían y no tomó se pagan al valor de un día de vacaciones, que es sueldo ÷ 25. Se calcula la proporción según los días trabajados en el año.
Los plazos que no podés pasar por alto
El pago de la liquidación final debe hacerse dentro de los 4 días hábiles desde la extinción del contrato. Pasarse de ese plazo puede generar recargos y multas. Y todo tiene que estar documentado correctamente para evitar reclamos posteriores.
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